Piratería digital podría beneficiar a las empresas: el otro debate

Después del candente e interesante debate en el GCC originado por la publicación de varias entradas sobre el tema de la piratería ( ver A. N.  Re significando – otra vez- la piratería ¿todos somos delincuentes? , Daniel  Salas  ¿Para qué no sirve la piratería ¿Para qué no sirve la piratería? (II) ¿Para qué no sirve la piratería? (III) así como  Javier Garvich  LAS CALLES LETRADAS DE LIMA: WILSON Roberto Bustamante ¿El fin del libro?)  llega un reciente debate sobre piratería digital dado en Barrapunto ( en donde el tema es discutido entre los usuarios desde hace unos 6 años más que nada desde los dispositivos tenológicos y los derechos de autor respecto a la SGAE ,  lo mismo que en slashdot)

La ‘piratería digital’ podría beneficiar a las empresas

¿Por qué unas empresas protegen sus productos con fuerte tecnología anti-copia, mientras a otras no les importa que se copien los suyos? A esta pregunta ha intentado dar respuesta la economista Karen Croxson en la Annual Conference of the Royal Economic Society. Según la exposición de Croxson, cuando alguien copia sin autorización una película, una canción o un programa protegidos por derechos de autor, en realidad está ayudando a su creador, ya que al decírselo a sus amigos, y a los amigos de sus amigos, está realizando una campaña promocional del producto. Puesto que no se tenía una intención real de comprarlo, no se está produciendo realmente ningún daño económico a las compañías, que no deberían incluir en sus cuentas los supuestos ingresos que dejan de percibir. La única amenaza real para las ventas sería el caso en el que los verdaderos compradores se sintieran tentados a copiar el producto en lugar de comprarlo.


Algunos comentaristas han reaccionado con cierta pereza pues algunos consideramos que tal afirmación es una especie de perogrullada empresarial, es decir que hace mucho se tiene presente que la divulgación de productos culturales por medio de la copia ayuda mucho a la promoción de dicho producto.

P.D. Debo de aclarar como comenté en Bloody Hell, que el artículo que publiqué en el GCC fue publicado el 2006 (  acá y acá el artículo en mi opinión ha envejecido pero su publicación me parecía pertinente dado lo coyuntural del tema) y da vueltas en varios sitios web bajo licencia CC desde esa época, artículo el cual fue fruto de la observación de un fenómeno desde el año 2004 que fue tomando forma en los claustros a académicos, a saber, la transgresión sistemática de la ley vía el consumo de copias piratas de productos culturales en una periferia económica y cultural, y la asistencia a la presentación de las Licencias Creatives Commons en Perú ( de hecho es mucho más que ese artículo de tono un tanto conspiranoico) y presenté un trabajo más extenso a finales de 2006 en un Semimario en la Facultad de CC SS de la UNMSM.

Otro punto de influencia fue el ser usuaria de Napster un programa ( 2000- 2001) donde te conectabas P2P y compartías tu música con otro usuarios. La naturaleza propia de Internet  (compartir archivos) se había vuelto delincuencial pues el formato digital estaba eliminado a los intermediarios  siendo napster cerrado en el 2001.
Con ese hecho se vió necesario la reglamentación de este nuevo canal comunicacional el cual no puede pretender ser regulado con herramientas legales de la Era industrial ese es mi punto dese siempre.

Cuando hablo de « resignificar » la piratería no es para hacer elogios a una cultura del robo y de la no citación o referencia, sino de que muchas conductas que son tomadas como delicuenciales , simplemente no lo son o están dejando de serlo pues el autor puede otorgar en la actualidad y de manera legal, derechos de copia de su obra al consumidor liberándolo de la carga de ser « delincuente », por no adquirir un producto a los intermediarios de siempre con el sabido sobrecosto, lo cual se diferencia de las mafias de la piratería. Este cambio está ligado al nacimiento del soporte digital de las producciones culturales gracias al canal comunicacional llamado Internet.

Tal vez fui muy voluntarista al reproducir la recomendación que Lessig hizo al público sobre que antes de firmar un TLC con EE UU se debían incorporar herramientas legales sobre derechos de autor como las Licencias Creatives Commons las que no son sino una implementación a la legislación de Derechos de Autor para las producciones en formato digital donde el autor ejerce la libertad de otorgar algunos derechos al consumidor para proteger su autoría en lo que se considera la Era Digital, donde las formas de producción reproducción y consumo forjadas hace más de trescientos años han sufrido un cambio dramático, por lo que no se trata de « eliminar » los derechos de autor sino que éstos se adapten y adopten herramientas que doten de libertad al productor y al consumidor para que puedan elegir qué tipo de distribución desean a un costo justo y con respeto de autoría respectiva.

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About Andrea Naranjo

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16 réponses sur « Piratería digital podría beneficiar a las empresas: el otro debate »

  1. Hola Andrea:

    En realidad la cita misma que publicas contiene la respuesta final a este debate: « La única amenaza real para las ventas sería el caso en el que los verdaderos compradores se sintieran tentados a copiar el producto en lugar de comprarlo. »
    Lo que la autora plantea con ilusa inocencia como una « amenaza » o una posibilidad, es en realidad un hecho plenamente comprobado a través de la paulatina disminución del volumen de ventas de música pregrabada, ya sea por medios físicos o virtuales, desde hace más de un lustro.

    La diferencia del internet con los medios de difusión gratuitos previos y mucho más masivos que la propia red, como son la televisión y sobretodo la radio, se da en que el usuario no sólo accede a la música sino que las más de las veces, se la apropia.

    Otro tanto sucede con el derecho a la copia privada, tradicionalmente la licencia por la cual el público podía libremente prestar un cd o regalar una grabación a un amigo, en comparación a la difusión masiva, impersonal, e inimputable que pueden hoy realizarse a través de las redes P2P.

    Los primeros esquemas (radio, copia privada) coadyuvan en efecto a la difusión de la obra y pueden resultar en una potencial compra. Los segundos casos originados en el uso de la red y una interpretación claramente distorsionada de los derechos del usuario, resultan en lo opuesto: suplantan la compra. (compra virtual o física repito, ya que tanto las descargas pagadas como la venta de discos se perjudican con la piratería).

    Un ejemplo claro de esta diferencia se da en el propio Napster al comparar su éxito en su versión primigenia vs. su fracaso en su versión pagada. Durante muchos años se pensó que era el nuevo medio lo que atraía a los jóvenes (la descarga en sí) hasta que los hechos demostraron que su verdadero atractivo radicaba en poder tener música sin pagarla. Pero el peor resultado de este asunto fue la distorsión de conceptos que me temo, tú misma adoptas, al introducir el término « compartir » como sustento del Napster o las redes P2P. De hecho el Napster no « compartía » contenidos, sino que los hacía públicos. (lo que en realidad « comparten » las redes P2P es espacio en los discos duros, no los contenidos)

    A tu pregunta de fondo, ¿todos somos piratas?, la respuesta es clara si nos entendiéramos en los conceptos de compartir y hacer pública una obra, y la diferencia que hay entre ambos.

    Para compartir debe preexistir alguna relación real e identificable entre el que da y el que recibe y esta es una diferencia cualitativa y no cuantitativa. Yo puedo por ejemplo compartir contigo un disco de jazz peruano (amistad) o con las 200 personas del club de jazz fans (común interés) o con los alumnos de un colegio en Francia (altruismo, difusión cultural). Por otra parte yo debo estar en posibilidad de NO hacer llegar este disco a quien NO quiero pues el derecho a compartir es, no olvidemos, un derecho del usuario. En ninguno de estos ejemplos podría hablarse de piratería sino del uso de la licencia de copia privada a través de los nuevos medios. El sentido de compartir es el mismo de siempre aunque de forma más expeditiva, barata o globalizada.

    Distinto es el caso de hacer pública una obra donde, por el contrario, no es necesaria ninguna relación preexistente entre las partes sino que se trata de poner a disposición la obra para cualquiera que desee acceder a ella. Por otra parte también, al hacer pública una obra yo ya no puedo denegar el acceso a esta obra a nadie en particular puesto que no estoy haciendo uso de mi derecho a copia privada sino vulgarmente pirateando.

    ¿Cuando tú, yo o cualquier otro lector cuelga el último disco de Gianmarco en el Torrent, como para que nadie tenga ya que comprar su disco, podemos hablar seriamente de que estamos compartiendo? ¿Con cuántos receptores que descarguen esta música tenemos una relación de cualquier tipo, sabemos siquiera quiénes serán? ¿Puedo yo impedir que tú Andrea, descargues el contenido? Si no puedo impedirlo, ¿cómo entonces puedo alegar que se trata de una copia privada si no tengo ningún control sobre su difusión?

    Resulta notable que muy pocos estarían dispuestos a « compartir » en el sentido Napster, otra cosa que no sea la propiedad ajena, como por ejemplo su casa, su auto y ni siquiera un lonche. Yo puedo invitar a mi casa, llevar a alguien al centro o partir un pan en dos; pero cómo y con qué criterios llegué desde mi derecho legítimo y generoso de compartir a proclamar: el que quiera vaya a vivir a la casa de Andrea, usen su auto y cómanse su comida.

    La irracionalidad es manifiesta y lo sorprendente es la persistencia del término « compartir » con una nueva acepción que en esencia describe un acto de inconsulta disposición de lo ajeno. Tampoco creo que exista ninguna « herramienta legal » que pueda legitimar esta sinrazón.

    Saludos,

    Mario

  2. Hola Mario. Me parece pertinente el análisis ( va muy bien hasta que cuestionas el uso del término “compartir”) pero al parecer eres tú contra una tendencia real. Este es un debate antiguo, del cual puedes encontrar diferentes artículos adaptados a cada contexto.
    Como te digo, interesante tu respuesta mas el uso de términos como “irracional” “sinrazón” e “iluso” son definiciones desestabilizadoras y de descrédito de una idea o propuesta lo cual podría invalidar tu postura.
    Ahora, respecto a tu critica de fondo al uso de término “compartir” ( yo lo uso para que se diferencia el compartir de la mafia de la piratería) puedo decirte que es un término del argot legal de los derechos de autor en formato digital: share alike o compartir igual con o sin fines comerciales es decir Compartir bajo la misma licencia. Este término forma parte de las LEGALES licencias Creatividades Comunes donde el autor otorga su creación bajo cuatro tipos de licencias dos de ellas las pego abajo ( espero no tener que explicar yo lo que son las Licencias CC otra vez, es más práctico hacer una sencilla búsqueda, por favor)
    “Reconocimiento – No comercial – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
    Reconocimiento – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.”
    Tú dices que para compartir debe existir alguna relación, esta relación es establecida mediante el uso y aceptación de estas licencias. Eso es lo que yo “defiendo” . Si no es aspa hay un intercambio ilegal y ya pasa a ser culpa de los industrias culturales que se resisten a cambiar el modelo dejando desamparados a sus clientes /autores
    Por último ¿cómo puedes afirmar tan tajantemente que cuando tú o yo o cualquier otro lector cuelga el último disco de Gianmarco en el Torrent, lo hace con la intención de que nadie tenga ya que comprar su disco? ¿Estás seguro que es esa es la intención de los usuarios de tecnologías torrent? porque en las redes Peer to Peer se comparte archivos de manera legal como lo hace por ejemplo la Warner Bros o la BBC usan el BitTorrent comparten parte de su material a cambio de que la gente consuma ese material.

    Además no se entiende bien esta analogía:

    “Yo puedo invitar a mi casa, llevar a alguien al centro o partir un pan en dos; pero cómo y con qué criterios llegué desde mi derecho legítimo y generoso de compartir a proclamar: el que quiera vaya a vivir a la casa de Andrea, usen su auto y cómanse su comida.”
    ¿Sábes lo que es un firewall?
    Firewall:
    “Un firewall es un dispositivo que funciona como cortafuegos entre redes, permitiendo o denegando las transmisiones de una red a la otra. Un uso típico es situarlo entre una red local y la red Internet, como dispositivo de seguridad para evitar que los intrusos puedan acceder a información confidencial.” Con firewall puedes compartir tus archivo musicales de manera privada , determinando los puertos bloqueando otros
    Ventajas de un Firewall
    • Protege de intrusiones. El acceso a ciertos segmentos de la red de una organización, sólo se permite desde máquinas autorizadas de otros segmentos de la organización o de Internet.
    • Protección de información privada. Permite definir distintos niveles de acceso a la información de manera que en una organización cada grupo de usuarios definido tendrá acceso sólo a los servicios y la información que le son estrictamente necesarios.
    • Optimización de acceso.- Identifica los elementos de la red internos y optimiza que la comunicación entre ellos sea más directa. Esto ayuda a reconfigurar los parámetros de seguridad. »
    Fuente: desarrolloweb.com y wikipedia

    Si usas redes p2p te recomiendo usar aplicaciones como el p2pfire que evitan que intrusos usen tu información y se metan a tu servidor
    http://sourceforge.net/projects/p2pfire

    Desde España José Cervera y José Valera van aún más allá. Los contextos (nuestro contexto y desarrollo digital no es el mismo ) son distintos el punto el mismo:
    Supongo que para ti yo junto con José Cervera deberíamos ir a la cárcel o a un manicomio sería interesante que expusieras lo mismo ante estos dos artículos:
    (Lee los comentarios también):
    Contra Educación para la ‘piratería José Cervera España 16-06-2008
    http://blogs.20minutos.es/retiario/post/2008/06/16/contra-educaciain-la-pirateraaa-
    “Pero eso (la piratería) no es un problema legal, ni nacional, ni educativo: ni problema nuestro. Se trata de un problema industrial, de un problema que tienen ustedes; de que su torpeza les impide aprovechar esta bonanza. Disponen de productos atractivos y de clientes que desean (¡mucho!) acceder a esos productos. Tienen la marca, la potencia industrial, el reconocimiento. Lo único que necesitan hacer es ajustar su modelo de negocio a las realidades de la Red. Dennos baratos o gratis los productos que anhelamos consumir, busquen cómo cobrárselos a otros, y fórrense. Pero no pretendan obligarnos a todos a aprobar un nuevo cursillo sólo porque ustedes son incapaces de reconvertirse.
    El fin del pago por copia no es el Fin del Mundo: la radio, las televisiones generalistas y los diarios gratuitos demuestran que es posible regalar un producto a sus consumidores finales y ganar dinero; incluso grandes cantidades de dinero. Búsquense ustedes la vida para generar ingresos y al resto de la sociedad déjennos en paz con sus insultos y sus draconianas legislaciones. Están ustedes dispuestos a reajustar el bienestar económico y educativo de toda una nación simplemente para ahorrarse un ajuste en su sistema de negocio, ¿y los piratas somos nosotros? ¿Quién necesita de verdad una Educación para la ‘piratería’?”
    Y el periodista español José Valera :
    No somos piratas 17-06-2008
    “http://www.soitu.es/soitu/2008/06/17/sociedadcableada/1213719486_842937.html
    “Cambiar el negocio, la forma de crear, producir y distribuir contenidos es más difícil que hacer un lobby y pedirle al gobierno mano dura. Murallas, barreras, firewalls, identificación de usuarios pese a la defensa del Tribunal de Justicia Europeo y la Agencia de Protección de Datos de la privacidad de los internautas.
    Mano dura con ellos. Son piratas. Culpables. Lo dicen los dueños del contenido, que siguen mirando más a las viejas y abultadas cuentas de resultados que al negocio y las oportunidades futuras.
    Pero no somos piratas. Somos una sociedad de autores que consumimos, compartimos y creamos contenido. Todos, profesionales y aficionados. Cambien ya y dejen de perseguir a sus clientes.”
    saludos

  3. Ping: el blog del morsa » La despedida de Bill

  4. Excelente Andrea, el punto es que la infraestructura legal de la sociedad industrialn no puede ser usado para la información (post-inudstrial), es un punto que siempre uso al conversar estos temas.

  5. Gracias por la extensa respuesta y los links Andrea, lo de Cervera ya lo había leido y me sigue pareciendo más un manifiesto que un análisis debatible, Lo interesante hubiera sido que el autor explique o lanze una hipótesis de modelo de negocio para la producción de discos, libros o películas no basado en su ulterior venta y consumo del público (los casos citados de la gratuidad de la radio o el MtV sólo son explicables como coadyuvantes para una posterior venta). Ahí sí habría algo que confrontar, pero el « ya te fregaste arréglatelas como puedas » es un « jojolete » inútil de comentar. Valera, a quien no habiá leido, al menos sí da algunos ejemplos aislados cuyo desarrollo en realidad están lejos de ser concluyentes. Si llegamos al límite en que los músicos no encuentren rentable grabar su música sino sólo para dar conciertos perderemos todos (esto YA sucede en el Perú con el cine peruano donde a falta de mercado no se publica el DVD; resultado: el cine peruano no existe después de su exhibición en salas); si las películas o las grabaciones profesionales sólo serán posibles por el financiamiento de gobiernos y corporaciones perderemos más aún; si lo único rentable para el mejor compositor del siglo XXI va a ser un ringtone de 4 compases perderemos siempre.

    Regresando al tema voy a empezar citándote:

    En la entrada original:
    « Otro punto de influencia fue el ser usuaria de Napster un programa ( 2000- 2001) donde te conectabas P2P y compartías tu música con otro usuarios ».
    En la respuesta:
    « Ahora, respecto a tu critica de fondo al uso de término “compartir” ( yo lo uso para que se diferencia el compartir de la mafia de la piratería) puedo decirte que es un término del argot legal de los derechos de autor en formato digital: share alike o compartir igual con o sin fines comerciales es decir Compartir bajo la misma licencia. Este término forma parte de las LEGALES licencias Creatividades Comunes donde el autor otorga su creación bajo cuatro tipos de licencias (…) »

    …donde al autor otorga…

    Pues bien, si convenimos en que el uso de las licencias CC son una prerrogativa del autor, y nadie puede obligarlo a usarlas, estos dos párrafos son congruentes si y sólo si 1) tú eras la autora de « tu música » o 2) la música que « compartías » se encontraba bajo estas licencias.

    Pero sea cual sea el caso Andrea, lo cierto es que la mayoría de usuarios entiende y entenderá « compartir » música, en referencia a la que posee o ha adquirido; y que la música que se encontraba en Napster en el 2000-2001 no estaba bajo licencias CC. Por ello se debió acudir al derecho de copia privada y no a las licencias CC como fundamento legal para su difusión en el Napster. (el pleito se perdió como era previsible y Napster cerró pero dejó como secuela el abuso del « fair use » y del término « compartir »)

    Esta es la objeción de fondo en mi comentario: el mal uso o abuso de este derecho del usuario por parte de los internautas a punto tal que las propias industrias, otrora indiferentes, han empezado a objetar a rajatabla su plena vigencia. Por suerte el derecho al « fair use » no es una licencia que otorgan las empresas (al revés ellas suelen desconocerlo en sus legales) sino un derecho del consumidor otorgado por los Estados. El problema es repito, que ya no se está « compartiendo » sino « haciendo públicos » los contenidos y poniendo en peligro nuestros derechos de siempre.

    Mi analogía citada sobre « compartir » en el sentido coloquial, llevando al mundo físico lo que viene sucediendo en las redes P2P, fue sólo una reducción al absurdo para demostrar la irracionalidad de esta postura. No sólo dispongo de tus bienes sino también que lo hago de manera masiva e indiscriminada. Imaginemos por un momento que yo tenga la posibilidad verdadera de hacerlo por algún gran avance tecnológico, ¿este dato fáctico bastaría para otorgarme el derecho? ¿No se está buscando en el fondo una « herramienta legal » que permita disponer de lo ajeno?

    Por último respecto a los FireWall la verdad es que no entiendo mucho de informática salvo por sus resultados prácticos. Y en ese sentido no sé como un firewall contra mi PC va a impedir que me vaya a la cabina de la esquina a descargar y quemar un contenido que haz colgado en el Torrent. « De facto », y más allá de tu intención original, no estarías compartiendo, estarías haciendo pública una obra.

    Saludos nuevamente,

    Mario

  6. Hola
    Aún tu razonamiento me sigue pareciendo confuso:

    Cuando cito que  » Otro punto de influencia fue el ser usuaria de Napster un programa ( 2000- 2001) donde te conectabas P2P y compartías tu música con otro usuarios”.

    Lo citaba como una de las razones por las que empezó a interesar. No puedes abstraer un comentario del contexto . En ningún artículo público o privado aludo al napster por lo que es obvio que lo del naspter es solo un comentario.
    Por lo demás omites lo que escribe seguido de esa frase:

    « Otro punto de influencia fue el ser usuaria de Napster un programa ( 2000- 2001) donde te conectabas P2P y compartías tu música con otro usuarios. La naturaleza propia de Internet (compartir archivos) se había vuelto delincuencial pues el formato digital estaba eliminado a los intermediarios siendo napster cerrado en el 2001.
    Con ese hecho se vió necesario la reglamentación de este nuevo canal comunicacional el cual no puede pretender ser regulado con herramientas legales de la Era industrial ese es mi punto dese siempre. »

    Mario, por favor, las licencias CC salieron oficialmente en año 2001, era imposible que en napster los autores usaran una licencia CC. ¿Aún no se entiende que Internet está cambiando desde hace más de una década las formas de distribución de ( no solo) productos culturales?
    Además y como precisamente por que como digo en el comentario sobre napster:
     » La naturaleza propia de Internet (compartir archivos) se había vuelto delincuencial pues el formato digital estaba eliminado a los intermediarios siendo napster cerrado en el 2001. »
    Es por ello que el debate hoy en díaa es sobre la pertinencia de los derechos de autor ( lo que se dividen en morales, es decir el deredho inalienable a la paternidad de la obra y patrimoniales, que implican la explotación de la obra y los derechos conexos ( que implican a los productores de la obra)
    El gran debate desde la Ilustración se discutía sobre la pertinencia de si la cultura y las creaciones era una propiedad más o un derecho natural. Hoy en día ya se habla de capitalismo cognitivo yes en este capitalismo cognitivo es en el que se estaría enmarcando las nuevas formas de hacer negocios…
    Es como repetir y repetir argumentos válidos y que además, pueden encontrarse fácilmente . Al menos eso asumo yo, y por ello estas discusiones.
    Otro punto es tu resistencia a creer que no existe la evolución.
    Asumo que se entiende que no hay nada para siempre y que la Teoría de la evolución era totalmente aceptada en el siglo XXI.
    Mario, todo evoluciona y así como la Era industrial originó protestas por los gremios de artesanos ( incluso llegaron a ser un movimiento que se diría suvbersivo hoy en día llamados los Ludditas) hoy en día el modelo de derechos de autor en los que se basaban no solo las industrias culturales sino científicas está cambiando por que estamos en cosntante evolución.
    Soy tan usuaria como tú y no soy nada nada informática y además soy autora ( escribo artículos de divulgación, no solo en blogs sino en revistas) hago investigaciones en donde en el mundo de las ideas la lucha es dura, por lo que tus argumentos son conservadores por demás :
    « No me quiten mis derechos de siempre »,
    « (…)las propias industrias, otrora indiferentes, han empezado a objetar a rajatabla su plena vigencia (…)
    Por qué se abstraen comentarios se ponen en otro contexto donde todo se confunde.
    Esto resulta evidente en este caso
    Mario , sería interesante saber tu apellido y poder conversar de esto personalmente en algún momento.
    Un gran saludo

  7. Que tal Andrea. Mi nombre completo es Mario Castro Mac Hay, y aunque ello no contribuya mucho para escapar del gris anonimato, no era justo que yo supiera el tuyo y tú no el mío. Puse los dos apellidos sólo porque hay un crítico de cine homónimo.

    Más brevemente voy a resumir los dos conceptos en que me parece estamos en desacuerdo:

    1.-« La naturaleza propia de Internet (compartir archivos) se había vuelto delincuencial  »
    Lo que reitero varias veces es que el compartir, entendido correctamente, no se ha vuelto delincuencial ni ilegal sino que se trata de un uso lícito de la licencia de copia privada vigente hasta ahora.

    Lo que sí reconozco como un ilícito es el hacer públicos los contenidos de propiedad de terceros como sucedió en el Napster o como sucede hoy en algunas redes P2P ( torrent, etc).

    La diferencia sí existe Andrea y es la que explica hechos aparentemente contradictorios como el cierre judicial del Napster de un lado y las sentencias del Tribunal Europeo favorables a los usuarios del otro. Igualmente la coexistencia de sentencias americanas que amparan el fair use las unas, y multan a algunos usuarios las otras.

    2.-(…) .”
    Es por ello que el debate hoy en día es sobre la pertinencia de los derechos de autor (…).
    En realidad el debate hoy, si lo ves con mayor profundidad, no es sobre la pertinencia de los derechos de autor en sí (a ningún Estado serio se le ocurriría descriminalizar la piratería) sino sobre la plena vigencia de nuestro derecho de siempre, « conservador » le llamas, a la copia privada que es lo que está siendo atacado, y a la privacidad y a la neutralidad de la red, que también viene siendo atacada. Prácticamente todos los links del artículo de Valera, que te agradezco nuevamente, tratan sobre este tema en Europa: el derecho del usuario a la copia privada y su ataque por parte del mundo corporativo.

    Mi opinión personal en todo esto y lo que puede llamarte a confusión, es que, si bien considero no sólo irracionales sino peor aún, peligrosas y con vocación totalitaria las reacciones que se vienen dando en el mundo corporativo contra los usuarios de internet, no dejan de tener razón en su punto de partida que es la desnaturalización y el abuso del derecho de fair use o copia privada que actualmente ocurre. Uno puede ser amigo de Platón pero en fin… ya sabes cómo acaba.

    Por supuesto que creo en la evolución y que nada es inamovible, pero que tal una evolución en la cual los ISP ya estén obligadas por ley a abrir nuestras comunicaciones a pedido de una empresa, donde los usuarios sean baneados de la red a la tercera descarga, sea esta lícita o ilícita, de una red P2P, donde yo ya no pueda ni siquiera enviarte un mail sin supervisión estatal, donde nuestra era de la información se convierta en la era de la vigilancia. Francamente arriesgarse a este escenario sólo porque, quizá ni tú ni yo, pero sí una mayoría de idiotas se auto-irrogaron el derecho de bajarse « Meteoro » para ahorrarse dos dólares en la taquilla del cine, es lo tragicómico de todo esto.

    Espero que mi visión bastante cínica, pero no por eso menos realista, de las cosas sirvan para contrastar tus opiniones y ayuden en algo a tu trabajo.

    Saludos,

    Mario

  8. Hola Mario
    Lo que remarco es que sigues amparándote en las 10 líneas que puse sobre Nápster a modo de comentario muy personal, por lo que aún no se entiende bien qué es exactamente lo que deseas discutir conmigo ( no pelear sino discutir) a pesar de haberte respondido satisfactoriamente tus inquietudes en los anteriores comentarios

    En el primer comentario tú dices:
    “La irracionalidad es manifiesta y lo sorprendente es la persistencia del término “compartir” con una nueva acepción que en esencia describe un acto de inconsulta disposición de lo ajeno.”
    Ya he aclarado mil y una vez que el término compartir no lo uso ni ningún investigador lo utiliza como una nueva acepción para “describir un acto de inconsulta disposición de lo ajeno”.

    Ahora observo que cambias y lo que te parece irracional ya no “la persistencia del término “compartir” sino
    ” las reacciones que se vienen dando en el mundo corporativo contra los usuarios de internet, ( …) y la desnaturalización y el abuso del derecho de fair use o copia privada que actualmente ocurre. »
    Completamente de acuerdo y tampoco he dejado de repetir que por esas contradicciones donde el usuario pierde, la legislación debe de adaptarse ( NO ELIMINARSE) , en donde usuario y autores sean respetados y las industrias culturales y majors estén mejor adaptadas.

    Por fin has logrado coincidir conmigo en cuanto a compartir, y claro que hay diferencia en compartir lícitamente y los que usan las leyes a favor de libertad de los usuarios individuales para delinquir no he parado de repetirlo.

    En el punto dos otra vez planteas mal el comentario pues abstraes una frase mía del contexto para justificar tu respuesta
    “Es por ello que el debate hoy en día es sobre la pertinencia de los derechos de autor“
    Otra vez repito, jamás he dicho que se anulen los derechos de autor o que se deba discriminalizar la piratería.
    No Mario ni a mi ni a nadie se le ocurre.
    A mi personalmente se me ocurre analizar el fenómeno y observar cómo las legislaciones se innovan y cambian respecto a nuevos contextos
    Gracias por la lectura ( aunque a veces sesgada) de mis ideas

    Un abrazo

  9. Lo que no llego a entender es en qué consistiría esa adaptación de los majors que Andrea reclama. Si no se trata de anular los derechos de autor, ¿entonces de qué se trata? Porque si se trata de respetar tales derechos, entonces nada debe cambiar y estamos discutiendo por gusto.

    El ejemplo del cine peruano que ofrece Mario es bastante claro y muy ilustrativo de lo que he estado sosteniendo: la piratería no ayuda al desarrollo de las producciones culturales. Donde yo vivo no hay piratería y a cambio de eso tengo disponible un archivo impresionante de películas en DVD. Si ha sido editada en DVD, puedo conseguirla en la tienda y si no está en el catálogo la tienda la compra para mí y me la alquila. Pero esto es posible precisamente porque no existe ninguna tienda que te venda copias piratas. El sistema funciona muy bien y los artistas ganan con su trabajo. Entonces, es sencillamente falso que un sistema donde se respetan (bajo penas durísimas) los derechos de autor restrinja de alguna manera el acceso a la cultura.

    Si el sistema funciona y si hay maneras de hacer cumplir la ley, ¿qué urgencia tenemos de cambiarlo? Lo de « conservador » es solamente un adjetivo. Primero hay que demostrar que la postura « conservadora » está equivocada. Si de pronto se pone de moda vender caramelos envenenados a los niños, yo no puedo estar de acuerdo con esa práctica solamente porque es novedosa.

    Es tecnológicamente imposible compartir las propiedades de Andrea. Pero, si lo fuera, si yo tuviera la capacidad, ¿eso me daría derecho a hacerlo? ¿No es mejor que cada uno comparta lo que es suyo? Las cosas deben cambiar para ser mejores, no para ser peores. La idea de que el anarquismo permite el florecimiento de innovaciones es notoriamente falsa. La cultura se desarrolla porque hay un mercado y hay beneficios que la sostienen.

  10. Hola Daniel creo que utilizas categorías de invalidación de una postura con la no que estás de acuerdo sin tomar en cuenta todas las respuestas válidas que se te ha dado en 4 entradas que dedicaste al tema o que no leíste ninguna respuesta incluyendo las de esta entrada así como los enlaces con , material bibliográfico, estudios artículos etc

    En primer lugar el sistema funciona en EE UU muy bien ( eso es lo que ves en la reducida porción que alcanzas a ver, ya hablamos de lo que es un fenómeno acá: http://www.haloscan.com/comments/silviore/3119760400777017260/ 12: 12 , es decir, se trata de dar cuenta también de lo que no ves, si te reduces a lo que ves no puedes das cuenta del fenómenos en su totalidad, es decir ves una sesgada) porque los artistas y trabajadores del cine cuentan con sindicatos y un fuerte apoyo legislativo que apoya la industria del cine desde comienzos del siglo XX todo lo contrario de lo que sucede en nuestro país.
    Ya discutimos que el echarle la culpa a la piratería del mal de nuestras industrias culturales no cabe pues me parece que la piratería es producto de una deficiente política cultural que hace que no haya suficientes bibliotecas, que hace que los libros, el cine y la música sean muy caros para el poder adquisitivo nacional.

    No se entiende bien qué es lo que te enoja de las Licencias Creatives Commons y la adaptación de la legislación al entorno digital que yo esté deacuerdo con ellas y que eso te enoje, o que simplemente no te gusten y que las licencias y l aidea de cambio y evolución te enojen.
    Por ejemplo del ejemplo de moda y caramelos envenenados me parece que están fuera de contexto.

    No sé entiende tampoco por qué basas tus opiniones en falsos supuestos:
    Es decir.
    ¿En qué momento he hablado de anarquismo en algún momento y de que éste favorezca las innovaciones? ¿en qué momento he hablado de un « ismo »?
    ¿Crees que la cultura se desarrolla solo por un mercado?
    ¿No crees que hay otros factores evolutivos para que la especie humana desarrolle cultura como propiedad emergente de sus sistemas sociales, tal como podría ser el mercado?

    En la última pregunta que me haces estoy de acuerdo contigo ( en realidad estoy muy de acuerdo en todas las objeciones que haces y que estén basadas :
    Si es mejor compartir lo suyo y si me dan los medioslegales para garantizar que se comparto lo mío y que respeten mi autoría, mejor.
    Un abrazo

  11. Andrea: Mi pregunta era muy concreta. Constantemente afirmas que las empresas mayores deben cambiar pero no dices cómo.

    No tengo nada contra el Creative Commons. Pero no me parece una novedad. Un creador siempre ha tenido la posibilidad de regalar lo que hace. Nunca he dicho que eso esté mal. Lo que está mal es que lo obliguen a compartir.

    Insisto en que lo nuevo no es necesariamente mejor. Por tanto, una postura conservadora no es necesariamente mala. Acusar de « conservador » a alguien es presuponer que el cambio es necesariamente positivo. Puede que sí pero también puede que no.

    Cuando hablo de sistemas que funcionan, hablo de modelos que podrían servirnos mejor que los que tenemos en el Perú. Me parece mejor imitar modelos que ya están funcionando que adaptarse a lo que está causando un desastre. Yo sinceramente no veo que la producción cultural dependa de políticas tan específicas. La gente va al cine, alquila DVDs legales, compra discos y baja su música legalmente porque si hace copias ilegales le puede caer castigos severos y porque tiene la capacidad económica de hacerlo. Y aquí está el problema que explica todo: en el Perú, los DVs y los libros importados nos parecen caros porque los sueldos son muy bajos. En un mercado en el que pocos pueden comprar la industria cultural nativa no puede prosperar y termina dependiendo de lo que se importa. Yo quisiera ver más directores de cine, más escritores y más músicos viviendo de lo que hacen. Mi idea es que sin fundamentos para el desarrollo del capitalismo esto siempre va a tener un límite. Y uno de los fundamentos para que el capitalismo prospere es la legislación y la coerción necesarias para que se respete la propiedad intelectual, al igual que cualquier otra propiedad. La socialización de los bienes ahuyenta la inversión y nos empobrece.

  12. A veces el socializar los bienesen cierto grado no empobrece, si lo ves como parte de una estrategia de venta:
    Por ejemplo me parece interesante el modelo de la Wraner Bros la que utiliza Redes P2P para vender sus películas desde el año 2006
    http://www.elmundo.es/navegante/2006/01/31/empresas/1138698778.html
    O la TV por pago P2P de la BBC quienes además han aumentado sus usuarios:
    http://periodistas21.blogspot.com/2006/12/bbc-de-pago-por-p2p.html

    Tienes además Libros electrónicos en tiendas on line
    que se ofrecen gratuitos por una temporada y luego seprocede su venta tanto en formato digital como en papel.
    ¿Cómo este tipo de negocio pude dar resultado en economías como las nuestras?
    Creo que se podría dar si es que se capacita a los autores en herramientas de E bussines y herramientas de gestión de obras de derechos de autor y de calidad pero hace falta mucho másque voluntad si no un sistema de pago eficiente. seguridad y confiabilidad en los datos . Conectividad existe gracias al modelo de negocios de las cabinas públicas.
    Puede que sea idealista pero no cobran por soñar.
    Bacon soñaba en el siglo XV con submarinos.
    Abrazos

  13. http://blog.wired.com/27bstroke6/2008/12/riaa-qualifies.html

    Hola Andrea:

    Este post de Wired describe la nueva estrategia de la RIAA ya no litigando contra el usuario final sino enviando 3 advertencias y eventualmente baneando a los usuarios P2P, en COLABORACION CON LAS ISPs. Algo parecido a lo que hacen en Francia pero que la misma UE ha descartado como legislación.

    Se me ocurre que el sólo envío del « Warning » ya configura y está precedido de una invasión a la privacidad del usuario, por lo que no está claro a que tipo de acuerdo habrán llegado los tenedores de derechos con las proveedores de internet, pero muy legal no debe ser.

    Si bien es cierto que este escenario es lejano al Perú, donde la piratería física supera por miles a la piratería digital, también es cierto que hemos firmado un TLC que permite aplicar « mutatis mutandi » las normas vigentes en EEUU al respecto pero sin la protección que brinda a sus ciudadanos un poder judicial probo. Por ejemplo, de las 30000 acciones iniciadas por la RIAA una sola llegó a sentencia y esta única ha sido sobreseida en la apelación. Aquí en el Perú no tendríamos este tratamiento con jueces ladinos e inmorales.

    Por ello me sigue pareciendo importantísimo que se distinga una descarga ilegal de una ilegal, el uso lícito de una red P2P y su uso ilícito. Asimismo que se modere un prematuro triunfalismo de muchos blogs, como el de Bustamante, que proclamaron por sí y ante sí el fin de la música pagada y del derecho de autor, concluyendo en un derecho a « piratear » sin medir otra consecuencia que el beneficio inmediato y egoista de no pagar por lo que antes se pagaba.

    Un saludo y mis mejores deseos para el 2009

    Mario

    PS. Por cierto no fui yo sino un homónimo el que hizo alusión a tu persona en un post sobre plagio del GCC. Un comentario sobre posibles beneficios colaterales respecto de un caso vulgar de plagio es más bien impertinente.

    • Hola Mario Gracias por seguir comentando
      He leído la noticia y el comunicado de la RIAA respecto al cierre de la aplicación de Project Playlist utilizado por Facebook y MySpace (http://blog.wired.com/business/2008/12/myspace-bans-pr.html) por lo que es muy interesante lo que señalas basado en el enlace ( de Wired también) que brindas .
      Respecto a la legalidad de utilizar redes P2P hay una campaña contra la piratería en España llamada « Si eres legal , comparte » donde llaman a descargar material que tenga una licencia de derechos de autor tipo CC o Copyleft.
      Por otro lado no creo que sea el fin de la música pagada, lo que creo es que hay un cambio de estrategia de ventas así como más opciones para los autores y consumnidores en la Era digital (si no me equivoco Bustamante habla del prosumidor el cual es un concepto acuñado en los setentas del siglo XX , utilizado hoy en día para la web 2;0) de manejar las ventas de sus creaciones sin pasar por ningún intermediario ( legal -majors- e ilegal – mafias piratas -).
      Con una conectividad « cabinera » como la que tenemos en Perú, bien se podría hacer una campaña de alfabetización hacia los creadores nacionales para saber utilizar las herramientas 2.0 de creación, reproducción, distribución y ventas de sus creaciones. Claro si seguimos pensando que en un país como el nuestro nada se puede hacer… nada se hará.
      Por último, el plagio, la apropiación de autoría a sabiendas que está bajo una licencia de derechos de autor como CC, ( se puede reproducir el contenido respetando la autoría) es por demás nefasto , más aún si se trata de investigaciones académicas.
      Saludos

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